| La principal reglamentación que actualmente existe en Colombia al respecto es la Ley 691 de 2001, la cual es una ley de naturaleza especial que fija los lineamientos marco para la aplicación del Sistema general de Seguridad Social en Salud –SGSSS- a los Pueblos Indígenas del país, en ella se definen los principales elementos del sistema sobre los cuales es necesario precisar condiciones de implementación adecuadas a la diversidad cultural y territorial de la población indígena.
Es así como la Ley 691 especifica la particularidad y diversidad que debe contemplar el régimen de beneficios en salud para Pueblos Indígenas, las características y naturaleza de las administradoras de régimen subsidiado indígena, las condiciones de la prestación de servicios que implican la adaptación de sistemas de referencia y contrarreferencia a los territorios indígenas así como la garantía de casas de paso, interpretes y acompañantes de pacientes, lo cual es fundamental para complementar la atención de salud que el SGSSS debe prestar a los Pueblos Indígenas.
De igual forma, la Ley 691 permite la cofinanciación a la afiliación del régimen subsidiado con recursos de los resguardos indígenas, con el objeto de garantizar la cobertura universal de esta población.
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